Comunicado del Servicio Veterinario – OCA MUNIESA-
OBLIGACION DE REGISTRO DE EXPLOTACIONES DOMESTICAS
DE GALLINAS PONEDORAS ( HASTA 30 AVES )
De acuerdo al Real Decreto 637/2021 del Gobierno de España.
Normas básicas de Ordenación:
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES :
a) Registro de la Explotación y pago de la tasa (la documentación se facilitará en el Ayuntamiento)
- 1- No sobrepasar las 30 aves .
- 2- Comunicar el censo de los animales antes del 1 de marzo de cada año, referente a losanimales presentes a 31 de diciembre del año anterior (imprescindible para poder iniciar la inactividad y baja).
- 3- Disponer de un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos.
- 4- Deberán tener un espacio de secuestro de los animales debidamente acondicionado
- 5- Notificar el cese de la actividad.
ADVERTENCIA: EL INCUMPLIMIENTO PUEDE LLEVAR SANCION HASTA 3000 €.